La aplicación racional del control debe
fundamentarse en los siguientes principios:
-EQUILIBRIO
A cada grupo conferido debe proporcionarse al grado del control
correspondiente. De la misma manera que la autoridad se delega y la
responsabilidad se comparte, al delegar autoridad es necesario establecer los
mecanismos suficientes para verificar que se esta cumpliendo con la
responsabilidad conferida, y que la autoridad delegada esta siendo debidamente
ejercida.
-DE LOS OBJETIVOS
Se refiere a que el control existe en función de los
objetivos, es decir, el control no es un fin, si un medio para alcanzar los
objetivos preestablecidos. Ningún control será valido si no se fundamenta
en los objetivos y si, a través de el, no se evalúa el logro de los mismos.
La efectividad del control esta en la relación directa con la precisión
de los estándares.
-DE LA OPORTUNIDAD
El control, para que sea eficaz, necesita ser oportuno, es decir , debe
aplicarse antes de que se efectué el error, de tal manera que sea posible tomar
medidas correctivas, con anticipación.
-DE LAS DESVIACIONES
Todas las variaciones o desviaciones que se presenten en relación
con los planes deben ser analizadas detalladamente, de tal manera que sea
posible conocer las causas que las originaron, a fin de tomar las medidas
necesarias para evitarlas en el futuro.
Un control solo deberá implantarse si su costo se justifica ante los
resultados que se esperan de el; de nada servirá establecer un sistema de
control si los beneficios financieros que reditúe resultan menores que el costo
y el tiempo que implica su implantación.
-DE EXCEPCIÓN
El control debe aplicarse, preferentemente, a las actividades
excepcionales o representativas, a fin de reducir costos y tiempo, delimitando
adecuadamente cuales funciones estratégicas requieren de control. Este
principio auxilia métodos probabilísticos, estadísticos o aleatorios.
-DE LA FUNCIÓN CONTROLADA
La función controlador por ningún motivo debe comprender a la función
controlada, ya que pierde efectividad el control. Este principio señala que la
persona o la función que realiza el control no debe estar involucrada con la
actividad a controlar.
Much Galindo.
-DEL CARÁCTER ADMINISTRATIVO DEL CONTROL
Es necesario distinguir “las operaciones” de control de la función de
control. La función es de carácter administrativo y es la respuesta al
principio de la delegación, esta no se podría dar sin el control, como ya se
hizo notar.
En cambio, “las operaciones” son de carácter técnico. Por lo mismo, son
un medio para auxiliar a la línea en sus funciones. Por ello deben actuar como
staff. De ahí la necesidad de convencer y no imponer, los medios de
control.
-DE LOS ESTÁNDARES
El control es imposible si no existen “estándares” de alguna manera
prefijados, y será tanto mejor cuanto mas precisos y cuantitativos sean
dichos estándares.
Pero no se podrá decir que se controla algo si lo obtenido no se
“valoriza” y para ello se compara con “algo” de ahí la regla de definir y
perfeccionar los estándares como un medio de preparar el control.
-DEL CARÁCTER MEDIAL DEL CONTROL
De el se deduce también espontáneamente una regla: un control solo
deberá usarse si el trabajo, gasto etc., que impone, se justifican ante
los beneficios que de el se esperan. En sentido positivo, surge el peligro del
“especialista” en la técnica de control de que se trate, el que casi siempre
vera la bondad de su técnica, y tratara de lograr a toda costa que
se implante.
-DEL PRINCIPIO DE EXCEPCIÓN
El control administrativo mucho más eficaz y rápido cuando se concentra
en los casos en que no se logro lo previsto, más bien que en los resultados que
se obtuvieron como se había planeado.
Este principio tiende a convertir el cumplimiento en lo normal, y las
desviaciones de los planes en lo excepcional: los controles versaran sobre esto
ultimo exclusiva o al menos, principalmente.
referencia: (2018).obtenido en: http://funcionadministrtivacontrol.blogspot.com/p/principios.html. consultado el: 23 agosto 2020
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